viernes, 10 de septiembre de 2010

CJS: Impunidad en el Caso Desaparecidos de Santa

Por aplicación del Decreto Legislativo 1097

El Poder Ejecutivo, a través de la delegación de facultades para legislar en materia penal, ha aprobado un paquete de normas que son restrictivas de los derechos humanos y crearían graves situaciones de indefensión a las víctimas de posibles violaciones de derechos humanos. Los D.Leg. 1094, 1095, 1096 y 1097.

El 01 septiembre se ha aprobado el D.Leg. 1097, el mismo que pone en grave riesgo la posibilidad de alcanzar justicia en el caso de los desaparecidos de Santa, así como en otros casos de graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno.

El D.Leg. 1097, busca archivar los procesos penales por violaciones a los derechos humanos que se encuentran en trámite en el Ministerio Público y Poder Judicial, argumentando excesos en los plazos de investigación. En aplicación de este decreto, los procesados en el caso Santa ya han solicitado el archivamiento del proceso.

Silvia Alayo Davila, directora de la Comisión de Justicia Social señaló: “Esta medida es inconstitucional. Los crímenes contra los derechos humanos son imprescriptibles en todo momento y no como señala el D.Leg. 1097, que la Convención Internacional sobre la Imprescriptibilidad rige en el Perú sólo a partir de 2003, contradiciendo así las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Barrios Altos y la Cantuta y a nivel nacional en la sentencia de Alberto Fujimori. En la práctica , aplicar el D.Leg. 1097, daría lugar al archivamiento de los casos de violaciones a los derechos humanos cometidos antes del 2003 porque ya habrían prescrito".

Asimismo, Alayo enfatizó: "En democracia, por la dignidad de las víctimas y por la necesidad de justicia que la comunidad civilizada reclama, los crímenes en general y más aún los crímenes contra los derechos humanos, por la atrocidad que su perpetración implica, deben ser especialmente investigados, juzgados y sancionados".

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