Human Rights Watch presentó el Reporte Mundial 2015. El documento de 644 páginas, su 25.º edición anual, Human Rights Watch examina prácticas de derechos humanos en más de 90 países. A continuación compartimos con nuestros lectores la sección del informe referente a Perú. Para leer el Reporte Mundial 2015 completo visite: http://www.hrw.org/world-report/2015
Informe Mundial 2015: los derechos valen aún en épocas difíciles
Los derechos humanos son un camino para salir de situaciones de crisis y caos
INFORME MUNDIAL 2015
SECCIÓN: Perú
Es habitual que manifestaciones públicas contra proyectos de minería a gran escala y otras iniciativas del sector privado y del gobierno en Perú lleven a enfrentamientos entre policías y manifestantes, en los cuales civiles resultan heridos o asesinados por disparos policiales o militares. Si bien en 2013 y 2014 la cantidad de víctimas fatales de estos enfrentamientos fue menor que en 2012, hubo escasos avances en la investigación de casos lesiones o homicidios ocurridos en el pasado, y la legislación adoptada recientemente ha disminuido aún más la rendición de cuentas por parte de la Policía y las Fuerzas Armadas.
Continúan las investigaciones judiciales sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado en Perú, pero el progreso de los juicios ha sido lento y limitado.
Muertes durante protestas
Hasta septiembre de 2014, 34 civiles habían sido asesinados durante protestas desde que el Presidente Ollanta Humala asumió su cargo en julio de 2011. En los primeros nueve meses de 2014, cuatro civiles murieron a causa de heridas de bala luego de que policías presuntamente utilizaran armas de fuego contra manifestantes en tres incidentes distintos. En septiembre de 2014, Jhapet Huilca, de 16 años, recibió disparos policiales durante una protesta contra un gasoducto en Quillabamba, Cusco. El ministro del interior anunció la suspensión del jefe de policía responsable del operativo mientras se encuentre en curso una investigación de los hechos.
Sólo hubo progresos menores en el esclarecimiento de las circunstancias en las cuales se produjeron estas muertes, y en el enjuiciamiento de los policías o militares que emplearon a un uso ilegítimo de la fuerza. En enero de 2014, un fiscal concluyó una investigación, sin presentar cargos, sobre la muerte de cuatro civiles, presuntamente provocada por disparos de soldados durante una manifestación en Celendín, Cajamarca, en julio de 2012, a pesar de que concluyó que los responsables habían incurrido en homicidio doloso. Su informe reveló que los disparos fatales fueron probablemente emitidos por fusiles Galil del Ejército, y que no había evidencias de que ninguna de las víctimas estuviera armada. No obstante, el informe indicó que el Ejército no había aportado una copia del plan de actuación, los nombres de los soldados que intervinieron ni datos de las armas de fuego que les fueron entregadas, a pesar del pedido en este sentido, y que era imposible identificar a los autores.
Nuevos obstáculos para la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad
En enero de 2014, entró en vigor la Ley 30151, que prevé la inimputabilidad del “personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas y otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”. Esta reforma al Código Penal derogó disposiciones que supeditaban la inimputabilidad a que los policías emplearan la fuerza letal observando las reglamentaciones relevantes, y se aparta de los estándares internacionales que exigen que los funcionarios de seguridad pública apliquen la fuerza con arreglo a los principios de necesidad y proporcionalidad, y rindan cuentas cuando haya un uso indebido de la fuerza.
Continúa siendo preocupante que los casos de derechos humanos en los cuales están involucrados militares sigan siendo competencia de la jurisdicción militar. El Decreto Legislativo 1095, adoptado por el gobierno del Presidente Alan García en 2010, podría permitir que tribunales militares juzguen a miembros de esta fuerza acusados de cometer abusos contra civiles en operativos de seguridad pública. Diversos órganos internacionales de derechos humanos han rechazado de forma consistente la intervención de fiscales y tribunales militares en casos de violaciones de derechos humanos. En noviembre de 2014, el Tribunal Constitucional aún no se había pronunciado sobre la constitucionalidad del decreto, que ha sido cuestionada por defensores de derechos humanos de Perú.
Juicios por abusos del pasado
La Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú ha estimado que casi 70.000 personas murieron o fueron víctimas de desapariciones forzadas durante el conflicto armado ocurrido en el país entre 1980 y 2000. Muchas de ellas sufrieron atrocidades cometidas por Sendero Luminoso y otros grupos insurgentes; y otras fueron víctimas de violaciones de derechos humanos perpetradas por agentes estatales.
En un juicio emblemático, el ex Presidente Alberto Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de prisión por desapariciones y asesinatos ocurridos en 1991 y 1992. Su asesor en inteligencia Vladimiro Montesinos, tres ex generales del Ejército y miembros del grupo Colina, un escuadrón de la muerte creado por el gobierno, también están cumpliendo penas de entre 15 y 25 años de prisión por el asesinato en 1991 de 15 personas en el distrito de Barrios Altos, en Lima, y por 6 desapariciones.
Los tribunales han hecho avances mucho menores con respecto a abusos ocurridos durante los gobiernos anteriores de Fernando Belaúnde (1980-1985) y Alan García (1985-1990). En un informe emitido en agosto de 2013 en ocasión del décimo aniversario del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo determinó que, pese a los esfuerzos iniciales, Perú no había consolidado un sistema judicial especializado con suficiente personal y recursos para juzgar la mayoría de los casos.
En 2013, el 48 por ciento de los 2.880 casos de violaciones de derechos humanos cometidos durante el conflicto armado que se denunciaron ante fiscalías habían sido rechazados, principalmente debido a que los fiscales no pudieron identificar a los responsables y el Ministerio de Defensa no estuvo dispuesto a aportar documentos que facilitaran las investigaciones. Solamente el 2 por ciento de los casos llegaron a juicio, según datos de Juicios por Violaciones a los Derechos Humanos en Perú, un proyecto dela universidad George Mason que realiza un seguimiento de los juicios vinculados con derechos humanos. En 2014, continuaron las audiencias judiciales de dos causas emblemáticas por cuarto año: las torturas y desapariciones en la base militar Los Cabitos, en Ayacucho en 1983, y la masacre de Accomarca en 1985, en la cual murieron 62 campesinos a manos de miembros de una unidad del Ejército.
A partir de cambios jurisprudenciales recientes, la Corte Suprema ha revocado en instancia de apelación una cantidad creciente de condenas. Si bien en ocasiones la Corte ha fundado sus decisiones en contradicciones en los testimonios, esta determinó en un pronunciamiento de enero de 2014 que la desaparición en 1983 de 6 personas cuyos cuerpos fueron hallados e identificados más de 20 años después constituía un delito sujeto a prescripción, lo cual viola las obligaciones jurídicas de Perú de impartir justicia contra los responsables de desapariciones forzadas.
En junio de 2014, el Presidente Ollanta Humala designó como ministro del interior a un ex miembro de la sección de inteligencia del Ejército que siendo investigado por su presunta participación en el homicidio de Hugo Bustíos, corresponsal en Ayacucho de la revista Caretas, en 1988. Dos soldados fueron condenados en 2007 por el homicidio de Bustíos, uno de los cuales declaró en su testimonio que el ministro, Daniel Urresti, había comandado a los soldados que organizaron una emboscada y dispararan contra Bustíos antes de destruir su cuerpo con una granada.
La designación de Urresti suscitó fuertes cuestionamientos debido a la gravedad del delito que se le atribuía y a que su posición pública como ministro podía incidir en el resultado judicial de la causa y cercenar el derecho de los familiares de Bustíos a obtener justicia. Asimismo, las declaraciones públicas del Presidente Humala antes del juicio oral, en las cuales apoyaba la inocencia de Urresti, constituyeron una intromisión indebida en procedimientos judiciales en curso.
Tortura
El Congreso adoptó medidas significativas durante 2014 para combatir la tortura, que continúa representando un problema crónico en Perú. En junio, aprobó un proyecto legislativo que exigía que la Defensoría del Pueblo implemente el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) para cumplir con las obligaciones de Perú con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes , que ratificó en 2006. El proyecto exige que la Defensoría del Pueblo, entre otras cosas, visite cárceles y centros de detención sin previo aviso y vigile sus condiciones, formule recomendaciones proactivas y preventivas y publique un informe anual, pero no indica deben financiarse estas actividades adicionales. En noviembre de 2014, el proyecto se encontraba frenado en el Congreso a la espera de que el plenario aclarara algunos puntos que habían sido planteados por el presidente de la comisión legislativa que trató el texto.
Libertad de expresión
Es común que periodistas que investigan la participación de funcionarios de gobiernos regionales, alcaldes y empresarios en actos de corrupción sean objeto de agresiones físicas, amenazas y juicios penales por difamación, y en 2014 se registró un aumento de la cantidad de procesos penales de este tipo.
En marzo de 2014, el periodista César Quino recibió una pena de seis meses de prisión en suspenso por haber difamado al entonces gobernador de Ancash, César Álvarez, en un artículo publicado en El Observador, un periódico editado por Quino que mantiene una postura crítica del gobierno regional. En los últimos años, Álvarez —que ahora enfrenta cargos por el homicidio de un opositor político— ganó varias demandas por difamación llevadas a cabo con el objetivo de silenciar a críticos en la prensa.
En abril de 2014, se detonó un explosivo en la vivienda del periodista Yofré López Sifuentes en la ciudad portuaria de Barranca, al norte de Lima. López, quien se desempeña como editor de un periódico semanal y presentador de un programa radial de noticias denominado “Toque de Queda”, resultó ileso, pero su madre y su padrastro sufrieron heridas. Según trascendió en la prensa, López había sido un prominente crítico de la contaminación del aire provocada por empresas locales agrícolas .
Derechos reproductivos
Las mujeres y jóvenes de Perú solamente pueden solicitar abortos en casos de riesgo para su salud o su vida. En junio de 2014, el Ministerio de Salud publicó una guía técnica que describe los procedimientos administrativos que deben cumplir los hospitales al evaluar casos individuales. Las normas suplen un vacío en materia regulatoria que había sido criticado por organismos internacionales de derechos humanos, y permiten que el personal de salud practique abortos en 10 tipos de condiciones médicas, y considere los derechos y necesidades de mujeres y jóvenes que no estén contempladas en estas condiciones, analizando cada caso en particular. El acceso a servicios en situaciones no contempladas en las condiciones estipuladas —por ejemplo, cuando la salud mental de una mujer o joven puda verse peligrosamente afectada por un embarazo no deseado— queda a discreción de personal del establecimiento, y sujeto a un proceso de apelacióninterno de este.
Actores internacionales clave
En sus observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Perú, el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer instó a Perú a que adoptara una ley integral para combatir la violencia contra la mujer e implementara una estrategia de lucha contra los estereotipos de género discriminatorios. También recomendó que Perú haga extensiva la legalización del aborto legal a casos de violación sexual e incesto.
En agosto de 2014, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR) recomendó que Perú tomara medidas para evitar que se continúe perpetuando la estigmatización de su población indígena y afroperuana. El comité se refirió específicamente a “La Paisana Jacinta”, una comedia televisiva de amplia audiencia en la cual un actor disfrazado realiza una interpretación estereotipada y burda de una campesina indígena. Tras las recomendaciones del CEDR, Frecuencia Latina, el canal de televisión que emite el programa desde 1999, decidió quitarlo de su horario de mayor audiencia.
Como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Perú apoyó medidas de las Naciones Unidas orientadas a que se llevara a cabo un fuerte escrutiño sobre violaciones de derechos humanos cometidas en Corea del Norte, Sri Lanka, Bielorrusia, Irán, los territorios palestinos ocupados y Siria.
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