jueves, 2 de julio de 2015

CNDDHH saluda decisión de la CIDH en el caso denominado “Chavin de Huántar”



La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, en representación de 78 instituciones que promueven los derechos fundamentales de la persona, ante el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte), sobre el caso  Eduardo Cruz Sánchez versus el Perú  sostiene lo siguiente:
  1. Que saluda la decisión de la Corte cuando señala que “El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez”.  Por esto mismo ordena al Estado peruano iniciar una investigación por la ejecución extrajudicial, en el presente caso.
  2. Que ve con satisfacción que la Corte haya reiterado su jurisprudencia respecto a la inadecuación de la jurisdicción militar para la investigación de hechos que pueden constituir violaciones a los derechos humanos. Tal como lo señala en sus acápites 384 al 387 la Comisión consideró que en el presente caso el “Estado peruano extralimitó la esfera de la justicia militar, en contravención de los parámetros de excepcionalidad y restricción que caracterizan a la jurisdicción penal castrense, y extendió la competencia del fuero militar a delitos que no tienen relación directa con la disciplina militar [,] como lo son las ejecuciones extrajudiciales”.
  3. Que nos preocupan las declaraciones del Ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, quien afirmó, en conferencia de prensa, que la sentencia de la Corte permitiría que se investigue a los policías, Raúl Robles Reynoso y Marcial Torres Arteaga, al diplomático Hidetaka Ogura, así como a las instituciones (APRODEH, CEJIL)  por falso testimonio; cuando es claro que la Corte reconoce los testimonios dados sobre hechos que si sucedieron, y por los cuales “El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida”.
  4. Que tal como lo señaláramos en anteriores oportunidades, respaldamos esta sentencia de la Corte que afirma la vigencia del respeto a la vida de todos. Asimismo, consideramos que la Corte aclara la vigencia del Estado de Derecho que si bien, puede hacer uso de la fuerza en situaciones como es el caso del secuestro de personas, esta se debe llevar adelante  dentro de los marcos institucionales como el respeto de la vida de los sobrevivientes.
  5. Finalmente, saludamos que el Estado se haya comprometido a cumplir la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos como corresponde a una democracia y que los anuncios anteriores, en torno a una supuesta rebeldía o incumplimiento, hayan sido  dejados de lado.


30 de junio de 2015

No hay comentarios.:

Publicar un comentario