jueves, 26 de febrero de 2015

Informante desinformado o cómo desprestigiar a una familia campesina

Compartimos la publicación de la socióloga Marisa Glave, respondiendo a las argumentos que el periodista Ricardo Uceda refiere en su columna* sobre el caso de la familia Chaupe. Uceda, en base a su información los considera, y en palabras de Glave, unos estafadores.

A continuación la nota de Marisa Glave** desde el portal web de noticias de la Asociación Servicios Educativos Rurales (NoticiasSER).

Marisa Glave

El informante desinformado o cómo desprestigiar a una familia campesina

Ricardo Uceda es un periodista al que respeto. Por eso, fue grande mi sorpresa al leer su última columna sobre la familia Chaupe. El artículo da a entender que esta familia es propietaria de varios terrenos y que este hecho tira por los suelos la imagen de una mujer luchadora, que emociona hasta las lágrimas, pues Máxima y su familia no serían “indigentes”, sino algo así como una clase media acomodada. Quienes no conocen el mundo rural pueden tener la sensación de estar frente a una familia que tiene varias casas, con las que genera buena renta.

Pero lo realmente grave, es que el periodista dice que tales propiedades han sido logradas por ocupación. Como pone Uceda en el titular, emociona hasta las lágrimas…hasta [saberla] dueña de nueve predios por vía de la ocupación. La columna da a entender que los Chaupe llegaron, los ocuparon y luego se los apropiaron. Esta referencia no es gratuita. La disputa entre Máxima y Yanacocha por el predio Tragadero Grande es porque la empresa señala que ella es la “auténtica propietaria” y que la familia Chaupe lo habría “invadido”, para luego hacerse de la propiedad. Se pretende demostrar que la familia usa este mecanismo de manera habitual. Entonces, es fácil creer que los Chaupe son unos estafadores.

La imagen que el lector tiene al final del artículo es que una familia vendida como “indigente” por unas ONGs, obviamente politizadas, resulta ser de una clase media campesina acomodada, que se ha ido ganando la vida apropiándose de terrenos de otros. Se insinúa que la mala imagen de Yanacocha ha permitido que se cree una especie de “leyenda urbana” en torno al uso de la violencia contra la familia, la que parecería estar justificada, pues se omite un dato fundamental: Los varios intentos de desalojo contra los Chaupe se hicieron SIN MANDATO JUDICIAL, y el último, en el que se registra la destrucción de la ampliación de su vivienda, luego de que la justicia peruana declarara INOCENTE a Máxima del delito de usurpación, así como el cese del desalojo preventivo y de la administración provisional de Yanacocha sobre el predio Tragadero Grande.

Quisiera aclarar algunas de las imágenes que se construyen en el texto. Empiezo por las propiedades, en plural, para darnos una idea de qué significan nueve hectáreas (ha) en una zona andina. Los investigadores agrarios usan mecanismos de “estandarización” para comparar terrenos: Caballero y Álvarez plantean que una hectárea en costa con riego equivale a 0.53 ha en la sierra con riego y a 0.25 en secano. Si hacemos el cálculo tenemos, entonces, que las nueve hectáreas aludidas, equivalen a 4.77 ha, si fueran buenos suelos -que no lo son-  y a 2.25 ha, si son de secano, como señala la familia. Sumados los predios, no llegan, pues, bajo ningún cálculo, ni a una mediana propiedad rural. Ello, sin tomar en cuenta que se trata de terrenos que, además, están dispersos.

Quisiera añadir, por otro lado, un dato sobre el “modo de apropiación”: Los títulos de propiedad parten del reconocimiento de la posesión, sí. Pero no porque se haya “ocupado” el espacio abruptamente, para conseguir la prescripción. Una parte de las parcelas es producto de una herencia. La madre de Máxima se las dio a ella y a sus hermanos. Y otros terrenos son adquiridos. Pero, ¿por qué la mamá o los vendedores originales no inscribieron la propiedad? Pues, porque en el campo hay un problema – grave – de acreditación de la propiedad. Eso no quiere decir que no exista, quiere decir que no está registrada. Por eso, desde los años 90, en que se empezó a fomentar el mercado de tierras rurales, funcionan programas especiales de titulación, que buscan formalizar la propiedad. Una familia podía ser propietaria de una parcela como consecuencia de la Reforma Agraria, por más de 30 años, pero recién a inicios de este siglo consiguió el título que acredita dicha propiedad. Sí, así es el Perú. Entonces, que el título que otorga el sector Agricultura se base en el reconocimiento de la posesión no quiere decir que los Chaupe sean unos usurpadores profesionales. Quiere decir que, como sucede a decenas de miles de campesinos en el Perú, sus derechos y los de sus familias no estaban reconocidos formalmente, pero sí socialmente por sus vecinos, quienes acreditan la propiedad.

El último argumento que quisiera rebatir, que es, además, el que me resulta más agresivo, es que Máxima despierta solidaridad porque es una “indigente”. Máxima es una mujer campesina, trabajadora y luchadora; ahí radica su fuerza. ¿La violencia de Yanacocha sobre Máxima deja de ser condenable porque ella es “propietaria” de algo más? ¿No es Máxima una ciudadana que tiene derecho a enfrentar el cuestionamiento de su propiedad sobre Tragadero Grande en un juicio justo? ¿No es una ciudadana que tiene derecho a que la Policía no vaya como guardián de una empresa con la que disputa la propiedad, a agredirla y a ser testigo pasivo de cómo destruyen su vivienda? El caso de Máxima es simbólico NO porque es una mujer “indigente”, sino porque es una ciudadana que no está dispuesta a aceptar que la insulten, la agredan o la pretendan desalojar con violencia y sin mandato judicial.

martes, 24 de febrero de 2015

La Defensoría del Pueblo de Chimbote Saluda a la CJS por su aniversario

El Módulo de Atención de la Defensoría del Pueblo de Chimbote nos saluda por los 38 años de creación institucional.



Chimbote, 23 de febrero de 2015

De mi consideración:

Es grato dirigirme a ustedes, con ocasión de la celebración de sus 38 años de creación institucional, acontecimiento especial que el personal que labora en la Defensoría del Pueblo de esta ciudad quiere aprovechar para saludar a todo el personal que integra la Comisión de Justicia Social y reconocer su ardua y abnegada labor orientada al conocimiento, material, técnica y espiritual a la comunidad chimbotana y en especial a grupos vulnerables como las personas privadas de su libertad.

Deseamos éxitos en su gestión y reiteramos nuestra predisposición en colaborar con la labor que realizan, aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,

Jealine Roslin Villanueva Ramírez
Coordinadora del Módulo de Atención de Chimbote
DEFENSORÍA DEL PUEBLO

lunes, 2 de febrero de 2015

HRW examina situación de derechos humanos en Perú

Human Rights Watch presentó el Reporte Mundial 2015. El documento de 644 páginas, su 25.º edición anual, Human Rights Watch examina prácticas de derechos humanos en más de 90 países. A continuación compartimos con nuestros lectores la sección del informe referente a Perú. Para leer el Reporte Mundial 2015 completo visite: http://www.hrw.org/world-report/2015


Informe Mundial 2015: los derechos valen aún en épocas difíciles
Los derechos humanos son un camino para salir de situaciones de crisis y caos


INFORME MUNDIAL 2015

SECCIÓN: Perú

Es habitual que manifestaciones públicas contra proyectos de minería a gran escala y otras iniciativas del sector privado y del gobierno en Perú lleven a enfrentamientos entre policías y manifestantes, en los cuales civiles resultan heridos o asesinados por disparos policiales o militares. Si bien en 2013 y 2014 la cantidad de víctimas fatales de estos enfrentamientos fue menor que en 2012, hubo escasos avances en la investigación de casos lesiones o homicidios ocurridos en el pasado, y la legislación adoptada recientemente ha disminuido aún más la rendición de cuentas por parte de la Policía y las Fuerzas Armadas.

Continúan las investigaciones judiciales sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado en Perú, pero el progreso de los juicios ha sido lento y limitado.

Muertes durante protestas

Hasta septiembre de 2014, 34 civiles habían sido asesinados durante protestas desde que el Presidente Ollanta Humala asumió su cargo en julio de 2011. En los primeros nueve meses de 2014, cuatro civiles murieron a causa de heridas de bala luego de que policías presuntamente utilizaran armas de fuego contra manifestantes en tres incidentes distintos. En septiembre de 2014, Jhapet Huilca, de 16 años, recibió disparos policiales durante una protesta contra un gasoducto en Quillabamba, Cusco. El ministro del interior anunció la suspensión del jefe de policía responsable del operativo mientras se encuentre en curso una investigación de los hechos.

Sólo hubo progresos menores en el esclarecimiento de las circunstancias en las cuales se produjeron estas muertes, y en el enjuiciamiento de los policías o militares que emplearon a un uso ilegítimo de la fuerza. En enero de 2014, un fiscal concluyó una investigación, sin presentar cargos, sobre la muerte de cuatro civiles, presuntamente provocada por disparos de soldados durante una manifestación en Celendín, Cajamarca, en julio de 2012, a pesar de que concluyó que los responsables habían incurrido en homicidio doloso. Su informe reveló que los disparos fatales fueron probablemente emitidos por fusiles Galil del Ejército, y que no había evidencias de que ninguna de las víctimas estuviera armada. No obstante, el informe indicó que el Ejército no había aportado una copia del plan de actuación, los nombres de los soldados que intervinieron ni datos de las armas de fuego que les fueron entregadas, a pesar del pedido en este sentido, y que era imposible identificar a los autores.

Nuevos obstáculos para la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad

En enero de 2014, entró en vigor la Ley 30151, que prevé la inimputabilidad del “personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas y otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”. Esta reforma al Código Penal derogó disposiciones que supeditaban la inimputabilidad a que los policías emplearan la fuerza letal observando las reglamentaciones relevantes, y se aparta de los estándares internacionales que exigen que los funcionarios de seguridad pública apliquen la fuerza con arreglo a los principios de necesidad y proporcionalidad, y rindan cuentas cuando haya un uso indebido de la fuerza.

Continúa siendo preocupante que los casos de derechos humanos en los cuales están involucrados militares sigan siendo competencia de la jurisdicción militar. El Decreto Legislativo 1095, adoptado por el gobierno del Presidente Alan García en 2010, podría permitir que tribunales militares juzguen a miembros de esta fuerza acusados de cometer abusos contra civiles en operativos de seguridad pública. Diversos órganos internacionales de derechos humanos han rechazado de forma consistente la intervención de fiscales y tribunales militares en casos de violaciones de derechos humanos. En noviembre de 2014, el Tribunal Constitucional aún no se había pronunciado sobre la constitucionalidad del decreto, que ha sido cuestionada por defensores de derechos humanos de Perú.

Juicios por abusos del pasado

La Comisión de la Verdad y Reconciliación de Perú ha estimado que casi 70.000 personas murieron o fueron víctimas de desapariciones forzadas durante el conflicto armado ocurrido en el país entre 1980 y 2000. Muchas de ellas sufrieron atrocidades cometidas por Sendero Luminoso y otros grupos insurgentes; y otras fueron víctimas de violaciones de derechos humanos perpetradas por agentes estatales.

En un juicio emblemático, el ex Presidente Alberto Fujimori fue condenado en 2009 a 25 años de prisión por desapariciones y asesinatos ocurridos en 1991 y 1992. Su asesor en inteligencia Vladimiro Montesinos, tres ex generales del Ejército y miembros del grupo Colina, un escuadrón de la muerte creado por el gobierno, también están cumpliendo penas de entre 15 y 25 años de prisión por el asesinato en 1991 de 15 personas en el distrito de Barrios Altos, en Lima, y por 6 desapariciones.

Los tribunales han hecho avances mucho menores con respecto a abusos ocurridos durante los gobiernos anteriores de Fernando Belaúnde (1980-1985) y Alan García (1985-1990). En un informe emitido en agosto de 2013 en ocasión del décimo aniversario del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, la Defensoría del Pueblo determinó que, pese a los esfuerzos iniciales, Perú no había consolidado un sistema judicial especializado con suficiente personal y recursos para juzgar la mayoría de los casos.

En 2013, el 48 por ciento de los 2.880 casos de violaciones de derechos humanos cometidos durante el conflicto armado que se denunciaron ante fiscalías habían sido rechazados, principalmente debido a que los fiscales no pudieron identificar a los responsables y el Ministerio de Defensa no estuvo dispuesto a aportar documentos que facilitaran las investigaciones. Solamente el 2 por ciento de los casos llegaron a juicio, según datos de Juicios por Violaciones a los Derechos Humanos en Perú, un proyecto dela universidad George Mason que realiza un seguimiento de los juicios vinculados con derechos humanos. En 2014, continuaron las audiencias judiciales de dos causas emblemáticas por cuarto año: las torturas y desapariciones en la base militar Los Cabitos, en Ayacucho en 1983, y la masacre de Accomarca en 1985, en la cual murieron 62 campesinos a manos de miembros de una unidad del Ejército.

A partir de cambios jurisprudenciales recientes, la Corte Suprema ha revocado en instancia de apelación una cantidad creciente de condenas. Si bien en ocasiones la Corte ha fundado sus decisiones en contradicciones en los testimonios, esta determinó en un pronunciamiento de enero de 2014 que la desaparición en 1983 de 6 personas cuyos cuerpos fueron hallados e identificados más de 20 años después constituía un delito sujeto a prescripción, lo cual viola las obligaciones jurídicas de Perú de impartir justicia contra los responsables de desapariciones forzadas.

En junio de 2014, el Presidente Ollanta Humala designó como ministro del interior a un ex miembro de la sección de inteligencia del Ejército que siendo investigado por su presunta participación en el homicidio de Hugo Bustíos, corresponsal en Ayacucho de la revista Caretas, en 1988. Dos soldados fueron condenados en 2007 por el homicidio de Bustíos, uno de los cuales declaró en su testimonio que el ministro, Daniel Urresti, había comandado a los soldados que organizaron una emboscada y dispararan contra Bustíos antes de destruir su cuerpo con una granada.

La designación de Urresti suscitó fuertes cuestionamientos debido a la gravedad del delito que se le atribuía y a que su posición pública como ministro podía incidir en el resultado judicial de la causa y cercenar el derecho de los familiares de Bustíos a obtener justicia. Asimismo, las declaraciones públicas del Presidente Humala antes del juicio oral, en las cuales apoyaba la inocencia de Urresti, constituyeron una intromisión indebida en procedimientos judiciales en curso.

Tortura

El Congreso adoptó medidas significativas durante 2014 para combatir la tortura, que continúa representando un problema crónico en Perú. En junio, aprobó un proyecto legislativo que exigía que la Defensoría del Pueblo implemente el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) para cumplir con las obligaciones de Perú con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes , que ratificó en 2006. El proyecto exige que la Defensoría del Pueblo, entre otras cosas, visite cárceles y centros de detención sin previo aviso y vigile sus condiciones, formule recomendaciones proactivas y preventivas y publique un informe anual, pero no indica deben financiarse estas actividades adicionales. En noviembre de 2014, el proyecto se encontraba frenado en el Congreso a la espera de que el plenario aclarara algunos puntos que habían sido planteados por el presidente de la comisión legislativa que trató el texto.

Libertad de expresión

Es común que periodistas que investigan la participación de funcionarios de gobiernos regionales, alcaldes y empresarios en actos de corrupción sean objeto de agresiones físicas, amenazas y juicios penales por difamación, y en 2014 se registró un aumento de la cantidad de procesos penales de este tipo.

En marzo de 2014, el periodista César Quino recibió una pena de seis meses de prisión en suspenso por haber difamado al entonces gobernador de Ancash, César Álvarez, en un artículo publicado en El Observador, un periódico editado por Quino que mantiene una postura crítica del gobierno regional. En los últimos años, Álvarez —que ahora enfrenta cargos por el homicidio de un opositor político— ganó varias demandas por difamación llevadas a cabo con el objetivo de silenciar a críticos en la prensa.

En abril de 2014, se detonó un explosivo en la vivienda del periodista Yofré López Sifuentes en la ciudad portuaria de Barranca, al norte de Lima. López, quien se desempeña como editor de un periódico semanal y presentador de un programa radial de noticias denominado “Toque de Queda”, resultó ileso, pero su madre y su padrastro sufrieron heridas. Según trascendió en la prensa, López había sido un prominente crítico de la contaminación del aire provocada por empresas locales agrícolas .

Derechos reproductivos

Las mujeres y jóvenes de Perú solamente pueden solicitar abortos en casos de riesgo para su salud o su vida. En junio de 2014, el Ministerio de Salud publicó una guía técnica que describe los procedimientos administrativos que deben cumplir los hospitales al evaluar casos individuales. Las normas suplen un vacío en materia regulatoria que había sido criticado por organismos internacionales de derechos humanos, y permiten que el personal de salud practique abortos en 10 tipos de condiciones médicas, y considere los derechos y necesidades de mujeres y jóvenes que no estén contempladas en estas condiciones, analizando cada caso en particular. El acceso a servicios en situaciones no contempladas en las condiciones estipuladas —por ejemplo, cuando la salud mental de una mujer o joven puda verse peligrosamente afectada por un embarazo no deseado— queda a discreción de personal del establecimiento, y sujeto a un proceso de apelacióninterno de este.

Actores internacionales clave

En sus observaciones finales sobre los informes periódicos séptimo y octavo combinados de Perú, el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer instó a Perú a que adoptara una ley integral para combatir la violencia contra la mujer e implementara una estrategia de lucha contra los estereotipos de género discriminatorios. También recomendó que Perú haga extensiva la legalización del aborto legal a casos de violación sexual e incesto.

En agosto de 2014, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR) recomendó que Perú tomara medidas para evitar que se continúe perpetuando la estigmatización de su población indígena y afroperuana. El comité se refirió específicamente a “La Paisana Jacinta”, una comedia televisiva de amplia audiencia en la cual un actor disfrazado realiza una interpretación estereotipada y burda de una campesina indígena. Tras las recomendaciones del CEDR, Frecuencia Latina, el canal de televisión que emite el programa desde 1999, decidió quitarlo de su horario de mayor audiencia.

Como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, Perú apoyó medidas de las Naciones Unidas orientadas a que se llevara a cabo un fuerte escrutiño sobre violaciones de derechos humanos cometidas en Corea del Norte, Sri Lanka, Bielorrusia, Irán, los territorios palestinos ocupados y Siria.

El IDEHPUCP saluda a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos por sus 30 años de labores


El Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP) brinda un especial saludo y reconocimiento a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) por sus primeras tres décadas de trabajo a favor de los derechos fundamentales de las personas en nuestro país.

Nacida en medio del conflicto armado interno, la CNDDHH fue una institución fundamental para la defensa de los derechos humanos en un contexto especialmente difícil para nuestra patria.  Desde su fundación, zanjó claramente con las organizaciones de fachada de Sendero Luminoso y el MRTA, condenó sin ambigüedades las acciones realizadas por estas organizaciones e impulsó en el exterior la vigilancia y condena a las actividades de estos grupos, en momentos en que la comunidad internacional aún no adquiría clara conciencia sobre las particularidades del proceso de violencia que afrontaba nuestro país.

Asimismo, la Coordinadora no dejó de denunciar los abusos y violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado, labor que le valió amenazas e incluso el amedrentamiento a varios activistas en todo el país. También impulsó una campaña a favor de los ciudadanos inocentes condenados por terrorismo, así como de los desaparecidos a causa del conflicto armado vivido en nuestro país.  Su labor, en aquellos años difíciles, fue especialmente reconocida por la Comisión de la Verdad y Reconciliación, grupo de trabajo a la que la CNDDHH brindó su concurso y apoyo y cuyo Informe Final ha sido difundido y defendido por esta institución, que además vigila el cumplimiento de sus recomendaciones.

Esta institución cumplió un rol fundamental para la defensa de la democracia, al oponerse desde el primer día al golpe de Estado ejecutado el 5 de abril de 1992, así como a los abusos cometidos desde el poder durante el periodo en que el país fue gobernado por un gobierno autoritario. La Coordinadora participó activamente en la Mesa de Diálogo convocada por la Organización de Estados Americanos en 2000, que fue la base de la agenda de la transición democrática que encabezó, por 8 meses, el presidente Valentín Paniagua.

Durante los últimos años, junto con las tareas derivadas del legado del periodo de violencia, la CNDDHH ha trabajado especialmente en la defensa de grupos vulnerables (mujeres, pueblos indígenas, personas con discapacidad, comunidad LGTB), en torno a la defensa del medio ambiente y de los derechos laborales, así como frente a las violaciones a derechos humanos ocurridas en contextos de conflictos sociales.

Esta labor no sería posible sin el apoyo de las organizaciones que integran la Coordinadora, sus colaboradores y, sobre todo, sin la decidida actuación de cada una de las personas que ha ejercido su Secretaría Ejecutiva, principal órgano de vocería y representación de esta institución.

Por estas razones, el IDEHPUCP felicita a la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y alienta a que continúe su labor en defensa de los derechos de todos los peruanos.

Lima, 23 de enero de 2015